Las secciones sindicales de SOA de Zaragoza y el Alto Aragón han presentado conflicto colectivo ante el Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje (SAMA) frente a Servicios Sociosanitarios Generales Spain, S.L., adjudicataria del transporte sanitario no urgente de Aragón, por el incumplimiento del abono del 0,75% de mejora salarial comprometido para toda la plantilla adscrita al servicio. La reclamación afecta a todo el personal que presta servicio en Aragón en los tres lotes adjudicados: Huesca y Barbastro, Zaragoza I, II y III y Calatayud, y Teruel y Alcañiz.
El servicio comenzó a prestarse de forma efectiva el 28 de agosto de 2025. Desde esa fecha la empresa no ha incluido en nómina el 0,75% de mejora salarial comprometido en la licitación y recogido expresamente en el contrato formalizado con el Gobierno de Aragón.
Una mejora comprometida para ganar el contrato. Desde SOA recordamos que esta mejora no es una reivindicación nueva, sino una obligación ya asumida por la empresa. El 0,75% de mejora salarial: fue incluido como criterio de adjudicación en los pliegos; fue ofertado expresamente por la empresa; fue recogido en el contrato formalizado el 31 de julio de 2025; fue configurado como condición especial de ejecución y su incumplimiento puede llevar aparejadas penalidades contractuales.
Por ello, desde SOA, sostenemos que esa mejora debe abonarse de forma real y efectiva a la plantilla y no puede quedar reducida a una mera declaración sin reflejo en las nóminas y, desde el inicio del servicio, no existe ninguna nómina que haya incorporado el 0,75% comprometido, lo que supone un incumplimiento generalizado que afecta a toda la plantilla adscrita al servicio en Aragón, con independencia de su categoría profesional o de si se trata de personal subrogado o de nueva contratación.
Qué se reclama. En el conflicto colectivo presentado ante el SAMA se solicita: el reconocimiento del dere-cho de toda la plantilla adscrita al servicio en Aragón a percibir el 0,75% de mejora salarial; la inclusión inmedia-ta de dicha mejora en nómina; el abono de los atrasos devengados desde el 31 de agosto de 2025 y el mante-nimiento del pago durante toda la vigencia del contrato.
Posibles actuaciones adicionales. Además de la vía laboral, estudiamos trasladar estos hechos a la Administración contratante, al entender que puede existir también un incumplimiento de las condiciones contractuales que sirvieron de base para la adjudicación del servicio público. Si no hay acuerdo en el SAMA, se interpondrá la correspondiente demanda de conflicto colectivo ante el TSJ de Aragón.
#NoReblamos

No hay comentarios:
Publicar un comentario