La futura Ley Estatal del Teletrabajo
incrementa la
precariedad y no se acomoda a la realidad laboral aragonesa
Por eso, exigimos a la representación aragonesa en el Congreso de los Diputados, que en la ley definitiva reguladora del Teletrabajo se abra la posibilidad de realizar una regulación propia en Aragón.
Respecto a lo dispuesto por el Decreto tenemos que señalar que el teletrabajo y el trabajo no presencial no se regula como derecho de las trabajadoras y trabajadores, sin como una opción voluntaria de la empresa y sus trabajadores y trabajadoras. Entendemos que el Decreto acentúa la posición de fuerza de las empresas a través de la unilateralidad ya que pueden imponer su negativa aún en los casos que pueda realizarse este tipo de trabajo desde el domicilio.
Finalmente, el Decreto, exige realizar al menos el 30% de la jornada laboral en la modalidad de teletrabajo o trabajo no presencial para ser "incluido" dentro de su ámbito de regulación.
Y desde SOA nos preguntamos: ¿Qué ocurre con las trabajadoras y trabajadores que trabajen en estas modalidades por debajo del 30% de su jornada? ¿Y aquellos que no tengan Representación Legal? Rápida contestación: Que se quedan sin derechos.